jueves, 27 de febrero de 2014

FACTURA ELÉCTRICA REAL - #ChiringuitoEnergéticoEspañol I



Ayer comentaba en mi Twitter que acababa de recibir una factura de suministro eléctrico para que comprobara en lo posible su adecuación, pues parecía algo más elevada de lo habitual. Últimamente la verdad es que es un hecho bastante común que la gente se preocupe por si le están “tangando” las eléctricas en su factura y cómo pueden salir mejor parados (pues salir "bien" parado jugando con esta gente es imposible).

No me cabe la menor duda de que esta preocupación tiene mucho que ver con las noticias que aparecen diariamente en los medios de comunicación hablando de la situación energética del país, sus constantes cambios normativos que no hacen más que complicar al extremo el sistema sin conseguir ningún objetivo marcado, y sobre todo la duda sembrada ante las eléctricas de que tienen el sistema montado a su voluntad jugando con el consumidor sin que tengamos oportunidad de hacer nada. Cabe aquí decir que el que tiene esta oportunidad, el gobierno de la nación, lleva prometiendo solucionar la situación las últimas 4 legislaturas con diferentes líderes pero un mismo resultado, el aumento del recibo de la luz.

Hacía tiempo que quería escribir un post sobre el tema, y esta factura ha sido el desencadenante perfecto, vamos al lío #ElChiringuitoEnergéticoEspañol .



El caso que nos ocupa está patrocinado por E.On España pero seguramente es extrapolable a la totalidad del sistema, personalmente he tenido experiencias con E.On, Orus Energía, Audax Energía (la relación entre estas dos me daría para otro post potente), e Iberdrola, y ninguna ha sabido dar la talla. Eso sí todas han cobrado puntualmente, y que remedio si no quieres quedarte sin suministro.

En la imagen que da entrada a este post tenéis una imagen extraída de la factura que se me propuso examinar, la factura no ha sido manipulada como es evidente, simplemente he eliminado cualquier dato que pudiera estar protegido por LPDP y que no aportara nada al caso.

Como podéis ver se trata de una factura (link a factura completa) emitida por E.On CUR (Comercializadora de Último Recurso), encargada de dar el servicio en la localidad de suministro según las condiciones fijadas por el gobierno para clientes que no estén introducidos en el “Libre Mercado” TUR (Tarifa de Último Recurso) por ser la Distribuidora eléctrica de la zona. El periodo de facturación es del 13.12.2013 al 12.02.2014, es decir los últimos dos meses donde se han concentrado al menos 3 cambios en la regulación estatal por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, provocando un gran caos en cuanto al precio al que deberíamos pagar la energía en el 1er trimestre del año 2014 tras anular (aún no se sabe porque, aunque todos lo sabemos) la última subasta que debía fijar este precio, y que había dado un resultado de +10% para el coste del kwh.

La facturación energética se realiza en función de:
  • Potencia contratada
  • Consumo Energético (en este caso con DOS Periodos al tratarse de un suministro 2.0Dha con discriminación horaria)
  • Impuesto Eléctrico
  • Alquiler de los equipos de medida, contador. (En el caso de comprar el contador este concepto no existe).
  • IVA (al 21% recuerden, aunque no creo que en el año 2014 la electricidad deba tener consideración de “Lujo” cuando incluso Internet empieza a considerarse como un derecho básico…)

No entraré a desglosar los costes con los que se conforma los precios al detalle del porcentaje que corresponde a Primas a Renovables, costes derivados de la Nuclear, Bono Social… etc que podéis encontrar con mucho más rigor en otros lugares explicado por profesionales del sector como Jorge Morales @jorpow al que recomiendo desde aquí (sí, el ser Ingeniero Industrial no le hace mala gente “per sé”) y su BLOG - jorgemoralesdelabra.wordpress.com .  

Simplemente entraré a estudiar la factura como lo debería poder hacer cualquier cliente ante un servicio contratado y que debería poder entender. Más si cabe en estos tiempos en los que las propias eléctricas a través de patronal su UNESA tanto se están afanando a explicar, incluso en anuncios a página completa en color en los principales periódicos de tirada nacional a razón de 35.000 € el anuncio según se comenta en los medios.

Comienzo a leer la factura y la primera en la frente, POTENCIA:

 


Miro el concepto de “POTENCIA” me centro en "CALCULOS" y nos encontramos lo siguiente:

6,600 kW x 62 días x Proporcional (1) €/kW y año = 41,35 €

Lo primero que llama la atención es que multiplica "números" por "letras" y le salen como resultado números, estos de E.On deben ser unos fenómenos y han reinventado las matemáticas…. 
Como no queremos ser tan quisquillosos vamos a suponer que donde ponen “Proporcional (1)” se están refiriendo a un número, correcto.

Segunda llamada de atención, siguiendo el criterio de unidades el resultado sería el siguiente:

Si no estoy muy equivocado ésa es la unidad resultante, o debería ser porque como podéis ver a estos de E.On le dan Euros [€]. Que habrán pensado que para que andarse con tonterías y disimulos, ellos lo que quieren son Euros pues Euros ponen y a correr ¿Verdad? 

Me da a mí en las narices que ahí les falta algún factor de conversión que otro… Pero vamos a ver si descubrimos por alguna parte a que se refiere ese “Proporcional (1)” que hemos tomado como “número” pero aún no sabemos si estamos en lo cierto.

¡EUREKA! Ha habido suerte, tras una ardua búsqueda encontramos en la última línea de la factura, introducido en pie de página, en un tamaño que seguramente un gran porcentaje de personas con unos 60 años no podrían ni leer, y bajo 4 líneas de autobombo sobre su magnífico Servicio de Atención al Cliente del que luego hablaré, encontramos lo siguiente:



(1) APLICADOS 50 DÍAS A 35.64947300 € Y 12 DÍAS A 42.04342600 €”

Bien, puede ser que con “Proporcional (1)” se estén refiriendo a eso, es decir, al coste promedio resultante de 50 días a un precio y 12 a otro diferente. Aun siendo así, aquí nos dicen que la unidad de este concepto son [€] cuando en la ecuación anterior hablaban de [€/kWh y año]. ¿Alguien se entera de algo?.

Seguiremos con el cálculo razonado pues no queda otra que tirar para adelante si queremos llegar sacar algo en claro. Calculamos pues este coste diario promediado;


Si mis conocimientos matemáticos no me ha traicionado, 36,88701229 € es el deseado “Proporcional (1)” aunque aún no sabemos si se trata de Euros, o Euros por kWh y año… algo hemos conseguido. Tampoco sabemos en este punto por qué hay dos precios, uno para 50 días y otro para 12, lo que si podemos ver es que ha subido ¿alguien lo podía dudar?. Te cambian los precios a los cuales te facturan un servicio, unilateralmente, y ni una reseña de explicación, o justificación, o ALGO.

 Permitirme en este momento preguntarme a mí mismo en voz alta, ¿Crees que todo la población que recibe esta factura sería capaz de llegar a este número?, llamadme pesimista pero os aseguro que a la persona a la que le llegó la factura no lo es y mucho me temo que no será la única…

Continuamos, ahora que conocemos la incógnita ya podemos volver a la expresión inicial para comprobar si la cuantía facturada se corresponde con la expresión:

6,600 kW x 62 días x 36,88701229 € = 41,35 €

Me ahorro la comprobación, es evidente que el resultado no cuadra… No deben ser € como indicaban a pie de factura, serán [€/kWh y año]. Y ya que el precio unitario me lo dan por AÑO, tendré que multiplicar la medición TAMBIÉN en cantidades por año, pues churras con churras y merinas con merinas ¿NO?, pasaremos los 62 días a años por lo tanto:

  
Después de un par de ejercicios, unos deductivos y otros de cálculo, parece que hemos encontrado la solución. Solución numérica, porque para conocer el porqué de este “Promedio (1)” basado en dos precios uno para 50 días y otro para 12 días, y comprobar que ese precio es el acertado para cada periodo hemos tenido que ir al BOE (Resolución de 31 de enero de 2014), consultar cambios en los costes regulados por el Gobierno y ver que el término de potencia ha sido modificado por el Ministerio, iniciando el nuevo precio su aplicación el 1 de Febrero de 2014. De aquí podemos deducir entonces que los 12 días son los 12 días facturados de Febrero  y que los 50 restantes pertenecen al periodo desde el inicio de facturación 13 de Diciembre de 2013 al 1 de Febrero 2014. 

Como podemos apreciar hasta el momento UNESA y las eléctricas tienen la razón, la factura esta CLARÍSIMA, lo explica todo con pelos y señales...

 Concepto; CONSUMO


Una vez solucionado el concepto de “Potencia” toca comprobar los conceptos “CONSUMO”, referidos a la energía consumida, al tratarse de un contrato con discriminación horaria disponemos de 2 conceptos “Consumo”; P1 con precio “normal” y P2 con precio “económico”.


Como se puede observar en la imagen vuelven a multiplicar números con letras y, cómo no, les resultan ¡¡Euros!! Menos mal que esta vez ya nos conocemos el truco y no tropezaremos en la misma piedra. En esta ocasión nos encontramos dos incógnitas:

  • Para el P1 la incógnita "Proporcional (2)"
  • Para el P2 la incógnita "Proporcional (1)"
*Ya es paradógico que hasta los sufijos numéricos los identifiquen "cruzados"

Empezaremos por el P2, pues “Proporcional (1)” ya lo acabamos de calcular y nos será más fácil, vamos pues;

1.516 kWh x Proporcional(1) €/kWh = 87,23 €

Curiosamente ahora “Proporcional (1)” cambia sus unidades… y se pierde el “Año” por el camino, mal empieza oliendo esto;

1.516 kWh x 36,88701229 €/kWh = 87,23 €

Como me temía la ecuación no es tal, un miembro no equivale al otro, vamos que “Proporcional (1)” ha cambiado. ¿Desde cuándo una incógnita va cambiando de valor según avanza el problema? YO NUNCA TAL HE VISTO.

Podríamos empezar por calcular “Proporcional (2)” por si este "nuevo" “Proporcional (1)” siguiese el mismo patrón, PERO ES QUE NO PODEMOS. En la factura no aparecen más datos como podéis observar con vuestros propios ojos.  En toda la factura no aparece referencia alguna de donde derivan estos nuevos “Proporcionales” 1 y 2. De nuevo muy clara su factura Sr. E.On.

Se ve que en la factura no les han tenido espacio para introducir la información adicional NECESARIA y sin la cual no se debería facturar nada que NO PUEDE SER DESCIFRADO por el cliente. Y mucho menos cuando te dedicas a dar lecciones de claridad con tus facturas.

Llegados a este punto un cliente “normal” de esta compañía no podría continuar con su revisión de factura, se ve obligado a pagar algo que no sabe de dónde sale, y esto suponiendo que ese cliente llegase a calcular el primer promedio algo que reitero, dudo. Como última opción siempre quedará llamar a atención al cliente. que para eso sí que tienen espacio en la factura como podéis observar remarcado el espacio utilizado para su publicidad. 

http://www.subirimagenes.com/fotos-facturacaraamod-8829523.html


No es la primera vez que me las tengo que ver con el SAT de esta compañía, teléfono gratuito pero ineficiente, te acaban derivando a enviar correos electrónicos, ¿conocéis a muchos abuelos con e-mail?, y solo después de mucho luchar acabas llegando a algo en claro. Pero el problema ya no es ese, aunque te resolvieran la duda por teléfono en 5 min, NO TIENES QUE TENER LA NECESIDAD DE LLAMAR A NADIE para que te expliquen una factura que TIENEN OBLIGACIÓN a que sea clara y legible desde el inicio. Estaremos de acuerdo en esto seguro.

Pero como le han encargado a un Técnico la revisión de esta factura y un técnico no es un cliente normal, si podemos seguir escrutando la misma y ver lo fácil y masticado que nos lo dan las eléctricas en sus facturas para que NO SEPAMOS LO QUE PAGAMOS, que nadie dice que sea mucho, poco o medio pensionista, AL MENOS SABERLO.

IMPORTE FACTURADO POR  “TÉRMINO DE ENERGÍA”

 

Como nos podemos imaginar cuando le llaman “Proporcional” tras haber calculado el primero, éstos dependerán de diferentes precios para el mismo concepto en diferentes periodos de tiempo. En el caso que hemos calculado anteriormente el “Proporcional” lo era en función de 2 periodos debido al aumento de precio efectuado por el Ministerio a partir del 01/02/2014 publicado en el BOE.
Pues bien, en el precio del Término de Energía para ambos periodos lo tenemos MÁS DIFÍCIL TODAVÍA, en vez de 2 periodos con sus correspondientes precios TENEMOS 3 PRECIOS DIFERENTES a saber:

  • Hasta 31/12/2013 - Precio fijado según Subasta para 4º Trimestre 2013 - LINK
  • De 01/01/2014 al 31/01/2014 - Precio fijado por Gobierno tras anular la Subasta de Diciembre 2013 - LINK
  • De 01/02/2014 en adelante - NUEVO precio fijado por el Gobierno en Enero - LINK

La tabla resumen de precios y periodos de facturación quedaría como sigue, para una tarifa 2.0Dha TUR. Que ya no se llama así a partir de este último cambio normativo, ahora es “Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. Ya sabéis vosotros lo voluntario que es, DEMAGOGIA de Gobierno, una nueva reforma que no soluciona el problema pero que introduce un concepto nuevo en la misma para que se pierda el que ya conocía TUR.


Los promedios han sido calculados de igual forma que el ejemplo del inicio, con la única diferencia de que existe un sumando más tanto en el numerador como en el denominador. Llegar a estos promedios nos ha llevado un rato, hemos tenido que descifrar lo que significaban y de dónde venían, hemos tenido que buscar en el BOE los precios para cada periodo de facturación y por último calcular el promedio de todos ellos para cada periodo. Después de unas horas ya podemos comprobar las cuantías facturadas por este concepto.

        Consumo (P1)

321 kWh x Proporcional(2) €/kWh = 50,74 €
321 kWh x 0.15805748 €/kWh = 50,74 €  [CORRECTO]

        Consumo (P2)

1.516 kWh x Proporcional(1) €/kWh = 87,23 €
1.516 kWh x 0.05753646 €/kWh = 87,23 € [CORRECTO]

  

LA PROBLEMÁTICA DE LOS "Promedios"

 

Como hemos visto, la utilización de precios promedio es un gran problema para la correcta compresión de la Factura Eléctrica que se agrava si tu compañía te oculta los datos evidentemente. Pero es que aunque estos datos fueran proporcionados claramente, vamos a ver que significa facturar por "Promedio".

Facturar por precio promedio significa que, aunque la factura corresponde a la energía consumida desde 13 de Diciembre de 2013 al 12 de Febrero de 2014 y que durante ese periodo el precio del kWh ha tenido 3 precios diferentes, nosotros nos vemos obligados a pagar todos los kWh a un mismo precio promedio. Da igual si hemos consumido el 90 % de nuestra energía facturada en ese periodo en Diciembre cuando el precio era más económico o en Febrero cuando es más caro. El precio promedio no se confecciona en función del precio existente según nuestros hábitos de consumo, sino en función de los días de vigor de cada precio fijado. INJUSTO y me explico.

Si he gastado todo mi consumo en Diciembre porque por ejemplo es una 2ª residencia que solo he utilizado en navidad, pagaré en mi factura MÁS de lo que realmente debiese.

En el caso que hemos revisado, los precios promedio del término de energía se calculaban en función de 3 tarifas diferentes. La nueva regulación del Gobierno dice que a partir de próximas fechas HABRÁ UN PRECIO DIFERENTE CADA HORA, esto se traduce en que los promedios no estarían conformados por 3 precios, sino por 24 precios diferentes por día, lo que en un recibo como el anterior se transformaría en 1.488 precios diferentes. Si una factura con 3 precios ES INCOMPRENSIBLE, ¿Cómo será una con 1.488?

 Pero es que es más grave aún, como los contadores no estan preparados para contabilizar el consumo hora a hora y registrarlo ( o más bien el contador si te lo han cambiado si esta preparado, pero la empresa distribuidora no ha adaptado sus medidores para poder hacerlo, pues no le va interesar por lo que veremos), la solución para su factura será confeccionar un NUEVO PRECIO PROMEDIO, en función de esos 1.488 precios horarios diferentes. Esperemos además que este precio promedio no sea calculado linealmente como hasta ahora, si no que se confeccione en función de una curva de consumos que reparta en las 24 h/dia el consumo mayor en las horas de mayor actividad y menor en las de menor actividad.Esta curva será igualmente INJUSTA pues no todos tenemos los mismos hábitos de consumo energético. 

Pero la verdad es que ese matiz de hábitos quedará en migajas, por que donde de verdad estará el problema es que si en el recibo estudiado los precios variaban entre 0,161324 €/enero y 0,148832/febrero y nos hacian pagarlo todo al promedio de 0,158057 €/kWh. Con la nueva tarifa por horas la variación puede estar entre 0.705132 €/kWh a las 9:00 PM y los 0.000121 €/kWh a las 04:00 AM. Nos harán pagar toda la energía a un precio promedio según curva de por ejemplo 0,14005 €/kWh, lo cual a primera vista nos parecería "razonable", cuando SEGURAMENTE hemos consumido nuestra energía en un horario donde el precio era inferior. 
*Nota; No llevarse a engaño con que el precio kWh en Febrero nos lo cobren más barato que en Enero, el truco está en que nos han aumentado en el término de potencia como hemos visto, lo explicaré en el segundo capítulo de esta apasionante historia.

Hace unos años cambiaron la ley que regula la forma en la cual los Parking de pago efectuaban sus cobros, antiguamente lo hacian por tramos de 5 min, 10 min etc y se cambió para que se pagase por SEGUNDOS, pues lo contrario sería hacer pagar al consumidor, por exceso, algo que no ha consumido. Lo mismo se ha legislado para las llamadas telefónicas que también se facturan ahora por SEGUNDOS. Es gracioso ver lo fino que se hila en esos casos y lo BURDO que lo hace con el recibo de la luz. El objetivo parece claro, dar la falsa sensación de que cada vez los servicios se pagan de manera más justa, cuando la realidad es que eso solo se hace en las migajas cuando donde de verdad se va el dinero como son las facturas de 200 € te la meten doblada día tras día.  

CONCLUSIÓN 

Suponiendo que la medición de consumo es correcta y REAL (esto no es siempre cierto aunque en factura pongan la palabra) podemos concluir que al menos el importe de la factura se corresponde con los conceptos referenciados. Para ello hemos tenido que trabajar como burros y volcar sobre el procedimiento conocimientos matemáticos y de conocimiento de la normativa sectorial que no todo el mundo tiene, ni tiene por qué tener.
Además se me plantea la siguiente duda legal, ¿Es legal la factura objeto del estudio?, como hemos visto le faltan datos y no está completa. ¿Cabría algún tipo de reclamación formal?, tendré que estudiarlo pero si algún lector tiene alguna respuesta, ¡¡!!espero vuestros comentarios¡¡!!

________________________________________________________________________________________
Tras comprobar que el importe facturado se corresponde debidamente con los consumos indicados en la factura, quise comparar este consumo en 2014 con el consumo en el mismo periodo en el año 2013 con el objetivo de conocer si el coste energético para este caso en particular ha subido o bajado como defiende el Gobierno, y al mismo tiempo conocer si se ha consumido más o menos energía. Pero para esto han aparecido nuevos problemas que serán tratados en un SEGUNDO CAPÍTULO venidero de esta serie titulada #ElChiringuitoEnergéticoEspañol.

@JorjeAlonso
---                  ---
Jorge Alonso Pérez
Arquitecto Técnico e Ingeniero de Edificación















2 comentarios:

  1. Buenos días,
    Mi nombre es Helena López, arquitecta y responsable de relaciones institucionales en E- Zigurat – Barcelona.
    Somos una empresa especializada en másteres on-line para arquitectos e ingenieros. Contamos con diversos programas de formación superior orientados a desarrollar la productividad profesional de nuestros alumnos y a mejorar, así, su competitividad en el mercado de trabajo. Nuestro equipo académico está compuesto por profesores de diferentes universidades de España y Latinoamérica con una amplia trayectoria y experiencia en la formación de profesionales de la construcción.
    El motivo por el que me pongo en contacto es para establecer con Uds. un marco de colaboración para poder ampliar nuestros canales de comunicación. Consideramos que su portal es de relevancia y calidad en el sector como para poder promover la formación, el desarrollo profesional y la empleabilidad de los técnicos.
    Esperamos que esta propuesta sea de su interés y que podamos establecer un marco de colaboración mutua.
    Muy atentamente.

    Helena López
    Responsable de Relaciones Institucionales

    ( helena.lopez@e-zigurat.com )

    ResponderEliminar
  2. Un gran artículo! Enhorabuena y muchas gracias por la información!
    Saludos :D

    ResponderEliminar